Poder Ejecutivo propone cambios formales y radicales al nuevo Código del Proceso Penal

El Poder Ejecutivo propuso en 12 artículos sendas modificaciones al Código del Proceso Penal (CPP), con intenciones de aclarar a texto expreso el papel de la Policía en el proceso, otorgando mayor flexibilidad a su trabajo; definir como obligatoria la prisión preventiva en casos de delitos graves; limitar los casos en que se usa el juicio abreviado (donde hoy el acusado reconoce su delito y llega a un acuerdo para la pena), y se excluye del beneficio de la libertad anticipada a presos que hayan cometido delitos graves.
Afirma el Ejecutivo que “es conveniente realizar ajustes que permitan una mejor coordinación y trabajo conjunto entre policías, fiscales y tribunales”.
Se propone en los primeros cinco artículos brindar mayor flexibilidad a la Policía la hora de trabajar y respaldo legal (se decía que el CPP no lo aclaraba), brindando una mayor autonomía a las fuerzas policiales. También se cambian los requisitos para la prisión preventiva y se introducen varias modificaciones al proceso abreviado (cuando negocian fiscal e imputado) y que se considere la pena mínima por tipo de delito y no por la pena sugerida por el fiscal.
Uno de los cambios más radicales es que se derogan los artículos del CPP que definían la suspensión condicional de la pena -que ya no procedería-, la libertad anticipada y las libertades vigiladas, eliminando estas últimas para delitos graves. (Más información en edición impresa)