Dos procesados por hurto de celular a no vidente

La Justicia procesó con prisión al malviviente que confesó haber hurtado el celular al joven no vidente, hecho ocurrido en el kiosco solidario de plaza Constitución. Asimismo, fue penado un hombre de 52 años que compró el celular en 400 pesos. El paciente trabajo realizado por la Policía permitió no solo detener al autor del robo sino también recuperar el celular, que cuenta con una aplicación especial para personas no videntes.
Tal como informara EL TELEGRAFO, en la mañana del miércoles Ernesto Tagliani, de 24 años, que atiende el kiosco solidario, sufrió el hurto del celular Samsung S6 que valuó en 30.000 pesos. El damnificado indicó que a media mañana, cuando quiso saber la hora, notó que el celular no estaba. Así, en conversación con vendedores de la plaza, Ernesto pudo ir recolectando datos sobre el supuesto malhechor: un sujeto que había sido visto en actitud sospechosa merodeando el kiosco.
Personal de la Unidad de Investigaciones logró establecer que en un comercio del ramo de venta de celulares un desconocido habría intentado vender un dispositivo, pidiendo un valor relativamente bajo, siendo semejante al aparato denunciado. Teniendo la descripción física del sujeto, se determinó que se trataba de Fabián Mathías Fernández Pereira, de 27 años, conocido como “Trapito” por dedicarse a la venta de paños de piso.
En tanto, durante una recorrida por la zona, uniformados del Grupo de Respuesta Táctica lograron avistarlo y detenerlo. Admitió que fue al kiosco a comprar golosinas y vio el celular sobre el mostrador, ocasión en que lo tomó y se retiró. Continuó su relato diciendo que siguió por la plaza al este, arrojó el chip en la vía pública y luego consiguió venderlo en 400 pesos. Continuadas las actuaciones, la Policía se dirigió a un comercio, donde se identificó a R.A.P.B., carente de antecedentes penales, quien reconoció haber comprado el celular que entregó a los efectivos La Justicia resolvió el procesamiento con prisión de Fabián Mathías Fernández Pereira por un delito de hurto especialmente agravado; y el procesamiento sin prisión de R.A.P.B., por un delito de receptación, imponiéndosele como medida sustitutiva a la prisión la obligación de presentarse ante la autoridad policial de su domicilio una vez por semana por un período de 60 días.