Confirman importante cambio en régimen de interdicción de predios con brucelosis

El doctor Eduardo Barre, director de los Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, confirmó a EL TELEGRAFO, en el marco de la edición 45ª de las Jornadas Uruguayas de Buiatría, que desde el pasado viernes, a las 9, comenzó a regir el cambio en el régimen de interdicción, pasando a interdictar una zona buffer de perifoco y linderos en lugar de toda la seccional policial.
Esta medida, que había sido acordada con las Codesas en reunión realizada en Santa Bernardina hace unos años, “tiene un fundamento epidemiológico mucho más lógico, que contribuye a dar credibilidad a la campaña, a la vez que racionaliza los recursos”, señaló el doctor Lauro Artía, presidente del Centro Médico Veterinario de Paysandú, en el acto inaugural de Buiatría.
Esto surge en la adecuación del programa sanitario de erradicación de la brucelosis bovina en Uruguay, por lo que a través del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG) se diseñó una nueva estrategia para la reducción de riesgos.
El decreto expresa que la Dirección de Servicios Ganaderos, a través de la División de Sanidad Animal, determinó –con base en criterios epidemiológicos– los predios comprendidos en las zonas categorizadas como de riesgo en relación con la brucelosis bovina, incluyendo el predio declarado foco y los linderos.
La cartera ministerial diseñó una nueva estrategia basada en el desarrollo de herramientas informáticas que permitan la reducción del alcance de la zona de riesgo. A esto se agrega que los movimientos de bovinos mayores de un año de edad desde predios linderos y traslinderos hacia exposiciones, remates, liquidaciones o de campo a campo deberán, obligatoriamente, presentar un análisis serológico negativo para tal enfermedad. El estudio deberá ser realizado dentro de los 120 días inmediatos anteriores al movimiento y en laboratorios habilitados por el Ministerio de Ganadería tras muestras extraídas por un veterinario de libre ejercicio acreditado.
Los animales serológicamente negativos provenientes de predios declarados foco de enfermedad podrán remitirse a frigoríficos únicamente si cumplen con estas condiciones; si fueron eliminados la totalidad de animales positivos del establecimiento, si fueron sometidos a un análisis realizado dentro de 120 días previos inmediatos a la movilización y si, en el caso de estar vacunados, cumplieron con el período de carencia desde la fecha de la inoculación.
Lauro Artía hizo un llamado a los colegas del ejercicio liberal “a colaborar con la instrumentación progresiva de este sistema, que puede originar algún problema inicial mientras coexistan los dos regímenes, pero que seguramente aportará grandes beneficios de largo plazo, sobre todo cuando se logre pasar a la siguiente instancia, en la que, a través de la plataforma del SNIG, se autorice el movimiento exclusivamente de las caravanas que integren el sangrado subido al sistema”. Según Artía, “esto implicaría un uso más eficiente de la tecnología disponible y le daría más transparencia y confiabilidad a la campaña”.